La vigencia y necesidad 
             De la lucha armada en América latina
La realidad Colombiana en general y fariana en particular demuestran que las FARC-EP tienen todas la condiciones para que se les reconozca como fuerza Beligerante, de hecho y practica, este reconocimiento ya le fue reconocido por el gobiernos y el estado Colombiano, no solo en la ultima etapa de diálogos y conversaciones es necesario que se avance en la juridicionalidad de esta situación.
El reconocimiento de fuerza beligerante tiene mucho peso en las dediciones, y en el aspecto politico. 
Es cierto que las FARC-EP no han signado específicamente todo lo relacionado con el derecho internacional humanitario, normas están ajustadas a el, por ser un movimiento revolucionario que tiene como uno de sus pilares lógicos el humanismo.
TITULO I
AMBITO DEL PRESENTE PROTOCOLO
ARTICULO I
Ámbito de aplicación material.
- El presente protocolo, que desarrolla y completa      el artículo 3. Común a los Convenios de Ginebra del 12 de Agosto de 1949,      sin modificar sus actuales condiciones de aplicación, se aplicara a todos      los conflictos armados que no estén cubiertos por el articulo I del      protocolo adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de Agosto de 1949      relativo a la protección de las victimas de los conflictos armados      internacionales (protocolo I) y que se desarrollen en el territorio de una      alta parte contratante entre sus fuerzas armadas y fuerzas armadas      disidentes o grupos armados organizados que, bajo la dirección de un mando      responsable, ejerzan sobre dicho territorio un control que les permita      realizar operaciones militares sostenidas y aplicar el presente protocolo.
 
- el presente protocolo no se aplicara a las      situaciones de tenciones internas y de disturbios interiores, tales como      los motines, los actos esporádicos y aislados de violencia y otros actos análogos,      que no son conflictos armados.
Las FARC-EP  desarrollan su guerra de resistencia, de manera ininterrumpida desde el 27 de Mayo de 1964, iniciada por 48 patriotas, 46 hombres y 2 mujeres, en Marquetalia (Tolima) ante la agresión del estado y el establecimiento y que ha sido continuada por los diferentes gobiernos. Las FARC-EP ejercen el legítimo derecho a rebelión y autodeterminación de los pueblos, luchan por la construcción de una nueva Colombia, sin explotadores ni explotados, en paz, con dignidad y soberanía y por los derechos fundamentales de la mayoría de los colombianos.
En el devenir histórico, las FARC-EP, que son pueblo en armas, se han consolidado como una organización politico-militar, con 60 frentes que hacen presencia en toda la geografía nacional, hay además estructuras urbanas en las principales ciudades, todo lo anterior organizado en 7 bloques de frentes.
Toda la actividad de las FARC-EP esta normada por:
a)     el estatuto.
b)     El reglamento de régimen disciplinario.
c)     Las normas internas de comando.
_ el estatuto formula en esencia, los fundamentos ideológicos de las FARC-EP, define su estructura orgánica, el régimen de comando, los derechos y deberes de los combatientes y otros principios básicos de la organización revolucionaria.
-         el reglamento de régimen disciplinario trata cuestiones esenciales de orden militar.
-         Las normas Internas de comando tratan lo habitual en el ejercicio diario de las diversas unidades de las FARC-EP.
-         La octava conferencia Nacional de guerrilleros de las FARC-EP realizada en  Abril de 1993, introdujo y actualizo las disposiciones estatutarias, reglamentarias y normativas. Regirán hasta que se realice una nueva Conferencia.
-         
Capitulo segundo
Articulo 3° la estructura de las FARC-EP responde al siguiente orden
a)     ESCUADRA; es 
b)     GUERRILLA Consta de de dos (2) Escuadras
c)     COMPAÑÍA Consta de dos (2) Guerrillas
d)     COLUMNA:   Consta de dos (2) Compañías o más.
e)     FRENTE: Consta de más de una Columna.
f)       Los estados mayores de frente son designados por el estado mayor central.
g)     BLOQUES DE FRENTE: Consta de cinco (5) o más frentes, coordina y unifica la actividad de los frentes en una zona específica del país.
h)     Los Estados Mayores de  Bloque son designados por el Estado Mayor Central o por su Secretariado. Coordinan las áreas de los respectivos Bloques.
i)        El Estado Mayor Central es el organismo superior de dirección y mando de las FARC-EP, en todos sus escalones, sus acuerdos órdenes y determinaciones obligan a todo el movimiento y a todos sus integrantes. 
Capitulo III
REGIMEN DE COMANDO
ARTICULO 4° la estructura jerárquica de las FARC-EP es como sigue:
a)     REEMPLAZANTE DE ESCUADRA.
b)     COMANDANTE DE ESCUADRA (12 unidades).
c)     REEMPLAZANTE DE GUERRILLA
d)     COMANDANTE DE GUERRILLA (24 unidades)
e)     REEMPLAZANTE DE COMPAÑÍA
f)       COMANDANTE DE COMPAÑÍA (48 unidades)
g)     REEMPLAZANTE DE COLUMNA
h)     COMANDANTE DE COLUMNA (96 unidades)
i)        REEMPLAZANTE DE FRENTE
j)        COMANDANTE DE FRENTE (mas de una columna)
k)     REEMPLAZANTE DE BLOQUE
l)        COMANDANTE DE BLOQUE (5 o mas frentes)
m)   REEMPLAZANTE DE ESTADO MAYOR CENTRAL
n)     COMANDANTE DE ESTADO MAYOR CENTRAL
ñ)   Son organismos colegiados de dirección y mando: el estado mayor central, los 
      Estados Mayores de Bloques y de Frentes, y los Comandos de Columnas, Compañía, 
      Guerrilla, y escuadra. Las anteriores instancias de dirección se rigen por el principio de 
      Dirección colectiva.
ARTICULO 5° 
Para cada responsabilidad en el mando, se crea el correspondiente distintivo cuyo uso controla el estado Mayor Central.
De los requisitos para ser Comandante según el 6 del estatuto citamos:
g) Tener temple revolucionario y elevada moral y estar dotado de honestidad ejemplar.
h) haber tenido y tener profundo respeto por los intereses de la población civil, comportarse correctamente con ella y ganarse su confianza.
El Mando Central de las FARC-EP elegido por 
Para una mejor comprensión de los mandos de las FARC-EP 
Presentamos un cuadro comparativo con los ejércitos tradicionales. 
EJERCITO TRADICIONAL                                                         FARC- EP
DRAGONEANTE                                                    CANDIDATO A COMANDANTE
CABO SEGUNDO                                                    REEMPLAZANTE DE ESCUADRA
CABO PRIMERO                                                    COMANDANTE DE ESCUADRA
SARGENTO SEGUNDO                                         REEMPLAZANTE DE GUERRILLA
SARGENTO VICE PRIMERO                              COMANDANTE DE GUERRILLA
SARGENTO MAYOR                                             REEMPLAZANTE DE COMPAÑÍA
SUB TENIENTE                                                       COMANDANTE DE COMPAÑÍA
TENIENTE                                                               REEMPLAZANTE DE COLUMNA
CAPITAN                                                                  COMANDANTE DE COLUMNA
MAYOR                                                                     REMPLAZANTE DE FRENTE
TENIENTE CORONEL                                          COMANDANTE DE FRENTE
CORONEL                                                                REEMPLAZANTE DE BLOQUE
BRIGADIER GENERAL                                        COMANDANTE DE BLOQUE
MAYOR GENERAL                                                REMPLAZANTE DE ESTADO MAYOR CENTRAL
GENERAL                                                                 COMANDANTE DE ESTADO MAYOR CENTRAL
Tomado del Suplemento “Beligerancia” disponible en la Web:
 
 

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